Corte mantiene ley de Chihuahua sobre uso correcto del español
La legislación educativa de Chihuahua superó una prueba ante la Suprema Corte.
Este lunes 31 de agosto, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo vigente una disposición estatal relacionada con la enseñanza y el uso correcto del español en las escuelas.
La discusión se concentró en una reforma a la Ley Estatal de Educación de Chihuahua que establece el uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas del idioma español.
La norma había sido impugnada ante el máximo tribunal del país por considerar que podía generar afectaciones para determinados grupos.
Sin embargo, la propuesta para invalidarla no consiguió la mayoría requerida.
La controversia gira alrededor del artículo 8 de la Ley Estatal de Educación.
La disposición señala entre los criterios de la educación impartida en Chihuahua la promoción del uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas del español.
El asunto llegó a la Corte debido a una acción de inconstitucionalidad promovida contra distintas modificaciones realizadas a la legislación educativa estatal.
Uno de los argumentos planteaba que exigir ese uso del español podía entrar en tensión con la diversidad lingüística existente en México.
Durante la sesión, el proyecto presentado ante el pleno proponía declarar inválida esa parte de la legislación.
Entre las preocupaciones estaba la posibilidad de que una obligación redactada alrededor del “uso correcto” del español terminara excluyendo o discriminando a estudiantes cuya primera lengua no es el castellano.
La discusión adquirió especial relevancia en Chihuahua debido a la presencia de pueblos y comunidades indígenas que conservan sus propias lenguas.
También se analizaron posibles implicaciones para personas con discapacidad que utilizan diferentes sistemas y formas de comunicación.
La disposición finalmente sobrevivió.
Para declarar la invalidez de una norma mediante una acción de inconstitucionalidad se requiere una mayoría calificada dentro del pleno de la Corte.
Ese respaldo no se alcanzó.
Por ello, la disposición de la legislación de Chihuahua continuará vigente.
El resultado no significa necesariamente que todos los ministros hayan considerado perfecta la redacción de la norma.
Significa que no existió la mayoría constitucional necesaria para expulsarla del orden jurídico.
Esa diferencia resulta importante para entender correctamente la resolución.
El debate toca una discusión mucho más amplia que la ortografía.
México reconoce constitucionalmente su composición pluricultural y protege los derechos lingüísticos de sus pueblos indígenas.
Chihuahua cuenta con una presencia particularmente importante de comunidades originarias, entre ellas pueblos rarámuri, ódami, warijó y o’oba.
La enseñanza del español, por lo tanto, debe convivir con el derecho de esas comunidades a preservar y utilizar sus propias lenguas.
La discusión jurídica no consistía simplemente en decidir si los estudiantes deben aprender ortografía.
El punto era determinar si la manera en que estaba redactada la obligación podía generar una exclusión frente a otras formas legítimas de comunicación.
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No directamente.
La decisión ha comenzado a generar interpretaciones en redes sociales relacionadas con expresiones como “todes”, “compañeres” o el llamado lenguaje inclusivo.
Pero la resolución de la Corte no debe interpretarse automáticamente como una prohibición general del lenguaje inclusivo en Chihuahua.
El asunto analizado corresponde a una disposición concreta de la Ley Estatal de Educación y al criterio sobre el uso de reglas gramaticales y ortográficas del español dentro del ámbito educativo.
Tampoco significa que las autoridades puedan desconocer los derechos lingüísticos de pueblos indígenas o las obligaciones de inclusión hacia personas con discapacidad.
Esos derechos permanecen protegidos por otras normas constitucionales y legales.
En términos inmediatos, la disposición continuará formando parte de la legislación estatal.
Las autoridades educativas podrán mantener el criterio relacionado con la enseñanza y promoción de las reglas gramaticales y ortográficas del español.
Sin embargo, su aplicación deberá realizarse respetando el resto del marco constitucional.
Eso incluye derechos de pueblos indígenas, educación intercultural, inclusión y no discriminación.
La permanencia de un artículo no elimina esas obligaciones.
El caso parece sencillo cuando se reduce a una pregunta: ¿deben las escuelas enseñar correctamente el español?
Pero jurídicamente la discusión es más compleja.
Las leyes educativas deben establecer estándares académicos y, al mismo tiempo, reconocer que México no posee una única realidad lingüística.
En Chihuahua esa tensión resulta particularmente visible.
El estado tiene una enorme diversidad cultural y comunidades donde el español puede convivir con otras lenguas desde la infancia.
La Corte decidió no eliminar la disposición.
Ahora el reto estará en su aplicación.
Chihuahua podrá mantener dentro de su legislación educativa el criterio sobre el uso correcto del español, pero hacerlo correctamente también significará respetar a quienes hablan, aprenden y se comunican de manera diferente.
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